¿Qué sucede si se pierde la conexión a Internet y es necesario exhibir la licencia de conducir en formato digital?

Con los recientes cambios implementados por la Administración, muchos usuarios se inquietan sobre cómo deben proceder en caso de quedarse sin batería o datos en su teléfono móvil y enfrentar un control de tránsito; cómo prevenir inconvenientes y evitar multas - LA NACION

Por InfoArticulos

Domingo 27 de Abril de 2025 - 16:38

¿Qué sucede si se pierde la conexión a Internet y es necesario exhibir la licencia de conducir en formato digital?. Foto: Redacción InfoArticulos¿Qué sucede si se pierde la conexión a Internet y es necesario exhibir la licencia de conducir en formato digital?. Foto: Redacción InfoArticulos

La nueva ley nacional de tránsito ha introducido varios cambios importantes en la renovación y emisión de licencias. A continuación, se presentan los principales cambios: **Renovación de licencias particulares**: De ahora en más, las licencias particulares (A, B y G) podrán ser renovadas de manera remota. Esto significa que los usuarios podrán elegir a qué centro médico acudir para realizar el examen psicofísico y luego continuar con el trámite de manera digital. **Vigencia de licencias particulares**: La nueva ley establece la siguiente vigencia para las licencias particulares: * Menores de 21 años: podrán obtener una clase A, B y G con una duración de cinco años. * Entre 21 y 65 años: la licencia podrá ser de cualquier categoría y tendrá una vigencia de cinco años. * Mayores de 65 años: con licencias A, B y G deberán revalidarla cada tres años. * A partir de los 70 años: el trámite es anual. **Eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI)**: La nueva ley ha eliminado la licencia de conducir profesional interjurisdiccional, que habilitaba transporte de carga y de pasajeros entre provincias. En su lugar, las jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial podrán emitir la licencia de conducir profesional que habilitará al conductor a trasladarse entre jurisdicciones sin la necesidad de tramitar un carnet extra. **Nuevas licencias nacionales**: La nueva ley ha establecido que las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros siempre y cuando sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. **Suspensión de licencias**: La nueva ley establece que si una persona comete faltas graves durante los primeros dos años luego de sacar la licencia por primera vez, se le suspenderá y tendrá que rendir los exámenes de nuevo.