Personas que violen esta normativa pueden enfrentar castigos como multas y hasta la expulsión del territorio estadounidense, según informa La Nación.
Por InfoArticulos
Jueves 24 de Abril de 2025 - 21:41
Migrantes en Nueva York deben cumplir con ciertas normativas al salir a la ciudad, especialmente cuando se refiere a documentación.. Foto: Redacción InfoArticulos
Nueva York sigue siendo estricta con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), específicamente en su sección 262. Esta legislación federal exige a los migrantes mayores de 18 años llevar siempre la documentación pertinente que acredite su registro legal dentro de Estados Unidos.
Las sanciones por no llevar la evidencia de registro en Nueva York son severas: el incumplimiento puede derivar en consecuencias legales graves, incluyendo una multa económica de hasta US$5000, una condena de hasta 30 días de prisión o ambas sanciones al mismo tiempo.
La notificación que envía Uscis dará aviso a los solicitantes sobre su resolución final. El documento obligatorio se obtiene tras completar el proceso de registro ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis), mediante el Formulario G-325R.
Quienes deben registrarse en Estados Unidos son extranjeros mayores de 14 años que no entregaron datos biométricos al solicitar una visa, quienes permanecen en Estados Unidos por más de 30 días sin estatus migratorio y padres o tutores de menores de 14 años que no hayan completado ese proceso.
El gobierno ha manifestado que esta medida busca mantener actualizado el control sobre el estatus migratorio de los extranjeros. No portar esta evidencia constituye una infracción menor, pero repetidamente puede desencadenar procesos más graves. En casos extremos, puede incluso motivar una orden de deportación.
El Uscis considera que hay un grupo de extranjeros que ha quedado al margen de estos requisitos. Quedan al margen de este trámite los nativos americanos nacidos en Canadá bajo la sección 289 de la INA y los pertenecientes a la Tribu Kickapoo de Texas.
Tampoco tienen que iniciar este trámite las personas que están involucradas en procesos como el Estatus de Protección Temporal (TPS), Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) y otros. Otra exigencia contemplada tiene que ver con los cambios de domicilio: todo migrante registrado que cambie de residencia dentro de EE.UU. debe notificar esa modificación dentro de los diez días posteriores.
El procedimiento para realizar el trámite migratorio cuenta con cuatro pasos: crear una cuenta en el sitio web del Uscis, completar y enviar el formulario G-325R con información biográfica, asistir a la cita biométrica programada en los centros de servicio de Uscis y brindar huellas dactilares, fotografía y firma.