A mitad de año se cancela la primera cuota del Servicio Alimentario Complementario; ¿cuál es el plazo límite para su acreditación y quiénes son los beneficiarios?
Por InfoArticulos
Jueves 8 de Mayo de 2025 - 12:08
La fecha de pago del aguinaldo para este año es próxima a ser anunciada por las autoridades competentes.. Foto: Redacción InfoArticulos
Con la llegada de junio, los trabajadores en relación de dependencia y jubilados y pensionados reciben la primera cuota del aguinaldo, generando inquietud sobre la fecha exacta de pago.
La modalidad de pago del aguinaldo de junio es similar a la del año anterior, con una primera entrega dirigida a los trabajadores en relación de dependencia y jubilados y pensionados, excluyendo a los trabajadores no registrados, monotributistas o con empleos informales sin aportes.
Cada medio aguinaldo corresponde al 50% del sueldo de mayor remuneración mensual percibida por el trabajador en el semestre correspondiente. Según la Ley 27.073, la primera cuota puede pagarse hasta la última jornada laboral del sexto mes del año, que coincide con el lunes 30 de junio.
Las empresas tienen un período de gracia de cuatro días hábiles posteriores a la fecha, lo que significa que algunos trabajadores registrados podrán cobrar su aguinaldo hasta el viernes 4 de julio.
Para el cálculo de la segunda cuota se toma como fecha límite de acreditación el 18 de diciembre, antes de las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Esta cuota corresponde al 50% de la remuneración mensual más alta del período que va de julio a diciembre.
En el caso específico de los jubilados del sistema previsional, el aguinaldo se cobra en la misma fecha que la prestación principal y coincide con la segunda, tercera o cuarta semana del mes. Para conocer la fecha exacta de pagos es preciso consultar el calendario que difunde la Anses al inicio de cada mes.
Para calcular el aguinaldo proporcional, se debe saber la fecha de inicio de actividades y realizar la fórmula correspondiente: el salario del empleado dividido por 12 y multiplicado por los meses trabajados. Por ejemplo: (100.000/12) x 6 = $50.000.