Consecuencias de la abstención electoral en Buenos Aires Capital el próximo 18 de mayo

Los ciudadanos que tengan derecho a emitir su voto pero no lo hagan, deberán explicar las razones de su ausencia o enfrentar consecuencias legales y financieras.

Por InfoArticulos

Martes 6 de Mayo de 2025 - 17:08

Consecuencias de la abstención electoral en Buenos Aires Capital el próximo 18 de mayo. Foto: Redacción InfoArticulosConsecuencias de la abstención electoral en Buenos Aires Capital el próximo 18 de mayo. Foto: Redacción InfoArticulos

Las personas habilitadas para votar en las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) el domingo 18 de mayo deben presentarse en las urnas, ya que es obligatorio por ley. Sin embargo, quienes por algún motivo no puedan hacerlo, deben conocer en detalle qué pasa si no se vota en las elecciones 2025, que renovarán parcialmente la Legislatura porteña.

Los electores que no representen el 18 de mayo deberán justificar la no emisión del voto. De acuerdo a lo que figura en el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se impondrá sanción por no asistir a los comicios si pertenece a alguno de los siguientes grupos:

  • Personal de seguridad y organismos o empresas de servicios públicos que deban realizar tareas durante el desarrollo del acto comicial.
  • El personal de seguridad y organismos o empresas de servicios públicos que deban realizar tareas durante el desarrollo del acto comicial.

Si el votante no puede asistir a los comicios, por pertenecer a alguno de estos grupos, deberá cargar la justificación de su ausencia en el apartado de infractores de la justicia electoral. Para evitar una multa, es necesario subir al sitio oficial la constancia o certificado hasta el día de la elección.

Las elecciones mantendrán el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), según definió el Instituto de Gestión Electoral (IGE) de la Ciudad de Buenos Aires mediante una resolución. De esta forma, los sistemas electrónicos van a ser nuevamente incorporados en los procedimientos de emisión del voto, escrutinio de mesa y transmisión de resultados provisorios en la elección del 18 de mayo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para votar a través del sistema de Boleta Única Electrónica, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Acercarse a la mesa de votación asignada y entregar el documento al presidente de mesa. Este cortará el primer troquel que trae la boleta y, luego, dará la Boleta Única Electrónica al votante.
  2. Una vez frente a la máquina de votación, se debe introducir la boleta en la ranura en el sentido que indica la flecha. En la pantalla de la máquina se podrán ver las opciones para votar y, tocando la pantalla, el elector podrá elegir su opción, que se imprimirá en la parte detrás de la boleta.
  3. Al apoyar la boleta sobre el verificador aparecerán en la pantalla las opciones seleccionadas. En ese momento, se debe comparar los datos para asegurarse de que coincidan con lo que está impreso. Luego, se debe doblar la boleta hasta el límite del troquel para que nadie vea el voto del elector.
  4. Al acercarse a la mesa de votación, hay que cortar el troquel delante del presidente de mesa y dárselo antes de introducir la boleta en la urna. Finalmente, se debe firmar el padrón. Una vez que el elector recibe su constancia de votación, puede retirarse.