El gobierno de Tierra del Fuego decidió modificar su plan de fomento a la industria local

A través del Boletín Oficial, se oficializaron modificaciones sobre la distribución del “Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina” (FAMP-Fueguina)

Por InfoArticulos

Jueves 20 de Febrero de 2025 - 10:06

El gobierno de Tierra del Fuego decidió modificar su plan de fomento a la industria local. Foto: Redacción InfoArticulosEl gobierno de Tierra del Fuego decidió modificar su plan de fomento a la industria local. Foto: Redacción InfoArticulos

El Gobierno ha oficializado cambios en el régimen de promoción industrial en Tierra del Fuego. La medida, publicada en el Boletín Oficial, ajusta la distribución del "Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina" (FAMP-Fueguina). Además, se establecieron nuevos parámetros para utilizar los aportes obligatorios de las empresas beneficiarias.

La Ley 19.640 se creó para fomentar el desarrollo económico y productivo de la zona, también para consolidar la soberanía argentina en el territorio.

Cambios en la industria de Tierra del Fuego. Foto: NA.

El Decreto 111/2025 agrega un artículo adicional y permite a las empresas beneficiarias derivar hasta el 40% de los aportes en proyectos productivos propios, siempre que obtengan la aprobación del Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina. Esto busca dar incentivos a la inversión privada en sectores no promocionados.

Producción. Foto: NA.

Las empresas que opten por este artículo deberán emitir un certificado de deuda a favor del fondo, con cancelaciones durante las inversiones que se comprometan a hacer. Además, estarán la chance de adelantar las inversiones, aunque el Comité Ejecutivo deberá ajustar el valor en cuestión.

El Gobierno les quitó beneficios tributarios a empresas textiles durante septiembre por no cumplir con los requisitos establecidos previamente. La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía "se expidió respecto de las adhesiones al subregimen textil y decidió excluir a cinco empresas que incumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto 594/23 y no podrán gozar los beneficios impositivos y aduaneros que concede el régimen especial".